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A.Y.A.

AYUDA A LA ADOPCIÓN

ADOPTAR EN EL SALVADOR


TRAMITES Y PROCEDIMIENTO

    La adopción en El Salvador es plena, el Art.170 del Código de Familia, así lo establece: “La adopción pone fin a la autoridad parental o a la tutela a que el menor estuviere sometido, así como a su cuidado personal y da a los adoptantes la autoridad parental del adoptado.”

    Las autoridades centrales en materia de adopción son la Procuraduría General de la República ( P.G.R. ) y El Instituto Salvadoreño para la Niñez y la Adolescencia ( I.S.N.A. ), de ellos depende la Oficina Para las Adopciones ( O.P.A. ) que es la encargada de la revisión, preparación y preasignación a los expedientes que posteriormente en reuniones conjunta de la PRG y el ISNA, aprueban o no expedientes y asignan menores. 

    Actualmente el sistema de Adopciones y las leyes y reglamentos que las regulan están en fase de estudio para su cambio y así poder agilizar la tramitaciones de los expedientes.

    Según la última reforma, la OPA cuenta con 45 días hábiles, para  hacer la calificación de la Familia, después viene un tiempo de espera  en que la familia sea asignada a un menor, tras una búsqueda en los diferentes centros (Hogares de Niños). Una vez emitidos los informes Psicosociales y la resolución de idoneidad por la Junta de Andalucía, se envía esta documentación a AYA junto con los documentos de aceptación del seguimiento postadoptivo y la elección de ECAI firmada por los preadoptantes. 

    Recibidos  estos documentos en AYA, nos ponemos en contacto con la familia para que aporten la documentación exigida por El Salvador para su tramitación en España y una vez terminada dicha documentación  se envía a El Salvador para que una vez revisada sea entregada el abogado de AYA y legalice ante los órganos oficiales competentes todo el expediente para su posterior entrega a la O.P.A. En la  O.P A., pasará a ser estudiada por los profesionales de los distintitos organismos que intervienen en la Adopción Internacional , los cuales se reservarán el derecho de aprobar o rechazar el expediente. Una vez aprobado el expediente se le comunica a AYA, y ésta a su vez a los interesados,  y se ingresa en una lista de espera para la asignación de un menor, proceso que puede tardar de 24 meses a 30 meses, siempre en función del perfil del menor solicitado. 

    Hecha la designación del menor a la familia, hay que enviar la aceptación del menor firmada por los preadoptantes a la Junta de Andalucía y una vez recibidas las aceptaciones en la O.P.A. se prepara la documentación para presentarla en el Juzgado de Familia correspondiente que este indique la fecha de la vista judicial para la entrega del menor.

    Una vez se conozca la fecha de la vista judicial, hay que viajar para estar en el juzgado a el dia y a la hora indicada en la citación. La permanencia en el países aproximadamente de 25 a 28 días, para efectuar todos los trámites judiciales, administrativos y consulares de la adopción. Hechas todas las gestiones se solicita el pasaporte español, junto con las nuevas partidas de nacimiento inscritas en el registro consular y a su vez  en el Libro de Familia, de forma que a su regreso de la familia a España con el menor, tan sólo hay que inscribirlo en la cartilla de la Seguridad Social y empadronarlo en el municipio donde se resida. 
 

REQUISITOS  DE LOS ADOPTANTES

  • Ser legalmente capaz.

  • Estar en posesión del certificado de idoneidad y de los estudios psico-sociales.

  • Poseer condiciones familiares, morales, psicológicas, aptitud y  disposición para asumir la responsabilidad de un menor adoptado.

  • No tener una edad superior a los 55 años.P

  • Parejas constituidas por matrimonio civil sin hijos o con hijos biológicos o adoptados.

  • Solteras, viudas, divorciadas.

  • No admite solicitudes de parejas de hecho.

  • No admite solicitudes de parejas de  personas del mismo sexo.

  • No admite solicitudes de varones solteros, viudos o separados.

  • No admite solicitudes de matrimonios menores de 25 años además con menos de 5 años de casados.

  • Demostrar solvencia económica suficiente.

  • No padecer ninguna enfermedad física ni mental así como enfermedades contagiosas.

  • Los cónyuges deben tener estudios primarios.

  • Comprometerse por escrito a que se realice por medio del equipo técnico de A.Y.A. seguimiento posterior a la adopción por un período de 2 años y con una carencia de  6 meses.

  • La adopción es plena e irrevocable.

  • La O.P.A. enviará los datos biológicos del menor ( si se conocen ) así como el auto de abandono y los estudios psicosociales de los que disponga en el momento de la asignación.

  • El tiempo de estancia hasta completar el proceso administrativo de adopción es de 25 a 30 días.

  • Las edades de los niños en adopción en El Salvador, de 3 años de edad en adelante.

  • Si los adoptante tienen hijos biológicos o adoptados, deben enviarse las correspondientes.

  • Partidas de Nacimiento, así como incluirse en el estudio social y psicológico.   

 

CRITERIOS TECNICOS DE SELECCION

 

  • Para matrimonios entre 25 y 35 años sin hijos ……Niños de 0 a 3 años.                          

  • Para matrimonios entre 36 y 45 años sin hijos....….Niños de 3 a 4 años.

  • Para matrimonios entre 46 y 55 años sin hijos…...Niños de 5 a 7 años.

  • Solteras, viudas, divorciadas o matrimonios con un hijo o más…..Niños mayores de 7 años.
     

    En los Certificados de Idoneidad, la edad mínima del perfil del menor será de 0 a 3 años.

    El margen de edad en la asignación del menor con respecto a la edad señalada en el Certificado de Idoneidad, puede ser de + - 12 meses 

    Las prioridades en las solicitudes de un menor del mismo perfil son :

  • 1º Matrimonios sin hijos.

  • 2º Matrimonios con un hijo o más biológicos o adoptados.

  • 3º Solteras, viudas, divorciadas. 

  DOCUMENTACION         

    El Salvador para el trámite de una adopción exige una documentación que A.Y.A. se encarga de las legalizaciones en organismos oficiales, ministerios, notario y consulares, tanto en España como en El Salvador a través de un representante. La documentación exigida es la siguiente:       

  • Informe Psicológico  ( Lo emite la Entidad Pública española ).

  • Informe Social  ( Lo emite la Entidad Pública española ).

  • Certificado de idoneidad ( Lo emite la Entidad Pública española ).

  • Compromiso de seguimiento postadoptivo ( Lo emite la Entidad Pública española ).

  • Poder notarial otorgado al Abogado de AYA en El Salvador.

  • Certificados de nacimiento.( incluido el de los hijos biológicos adoptados si los hay ).

  • Certificados de matrimonio o defunción del cónyuge ( si es viuda ).

  • Sentencia de Divorcio ( si es divorciada ).

  • Certificados médicos indicando que no se padece enfermedad física ni mental así como infecto contagiosa ( SIDA, Hepatitis ).

  •  Certificado de solvencia económica ( declaración de renta ).

  • Certificado de empresa.

  • Certificado notarial de tutores del menor.

  • Certificado de antecedentes penales.

  • 8 Fotografías tamaño carnét.

  • 2 juegos de fotografías recientes de la  familia, vivienda y entorno.  

REPRESENTANTE DE AYA EN  EL SALVADOR  

    El representante de AYA en El Salvador se encargará de coordinar  todos los trámites correspondientes a la adopción, desde su envío del expediente  hasta el regreso a España de los padres con el menor.

    Desde que llega la documentación a El Salvador, se encargará de recibirla, y entregarla al abogado, a partir de ese momento, realizará el seguimiento debido al expediente e informará todas las actuaciones que procedan hasta la conclusión del proceso.

    Tendrá  a  disposición de   los  padres adoptivos, profesionales en  Psicología, y pediatría   con  los   cuales   tendrá  concertados  honorarios  especiales  en  caso  de requerir sus servicios.Recibirá y despedirá a la familia a su llegada al aeropuerto en El Salvador  y les facilitara el alojamiento, para todos los trámites oficiales y administrativos relacionados  con el proceso de adopción, así como acompañarles al externamiento del menor. 

    El representante de A.Y.A. en todo momento procurará  darle a los padres  adoptivos un apoyo efectivo, siendo un soporte  no  solo profesional sino también  humano y atenderá las necesidades de los padres en la  medida de sus posibilidades.
  

ABOGADO – NOTARIO  DE AYA EN  EL SALVADOR

    Recibirá del representante la documentación enviada desde AYA para legalizarla y presentarla personalmente en la O.P.A. para su aprobación y el inicio judicial del proceso de adopción.

    Se encargará de que toda la documentación una vez legalizada llegue a los distintos Organismos Oficiales que intervienen en la Adopción Internacional, así como con el poder enviado por los preadoptantes  para  comenzar el proceso judicial de adopción.Presentará la solicitud de la vista judicial para completar el proceso de adopción y una vez sepa la fecha de la vista judicial, lo comunicara a AYA para el viaje de los adoptantes. Mantendrá a AYA informada de las distintas situaciones en las que se encuentran los expedientes, y colaborará con el representante siempre que éste le requiera en materia de información y asesoramiento profesional en situaciones que éste necesite.  

SOPORTES DOCUMENTALES 
  • Ley 1/1998 de 20 de Abril de 1998 Derechos y Atención al Menor ( Junta de Andalucía ).

  • Decreto 454/1996 de 1 de Octubre sobre acreditación de ECAI´s ( Junta de Andalucía ).

  • Ley orgánica de 1/1996 de 15 de Enero de Protección Jurídica del Menor.

  • Ley Procesal de Familia de Septiembre/1994  ( El Salvador ).

  • Ley del Instituto Salvadoreño de Protección al menor de Marzo/1993.

  • Código de Familia de Octubre/1993.

  • Reglamento  que desarrolla el Código de Familia ( El Salvador ).

  • Guía de procedimientos para la Adopción, elaborada por la  Oficina para la Adopción OPA.

  • Guía para la Aplicación del Convenio de La Haya relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de Adopción Internacional.   
    ( Ministerio de Trabajo y AA.SS. ).

  • Documentos propios de AYA sobre lineamientos y formación de los preadoptantes para la Adopción Internacional.

 

ORGANISMOS INTERVINIENTES EN LA ADOPCION INTERNACIONAL

                                                                                                                   

  • A.Y.A. - Ayuda a la Adopción.

  • Procuraduría General de la República ( P.G.R. ).

  • Instituto Salvadoreño para la Niñez y la Adolescencia  (  I.S.N.A. ).

  • Oficina para la Adopciónes (  O.P.A. ).

  • Junta de Andalucía - Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y las  Delegaciones Provinciales de la Consejería .

  • Representante y Abogado –Notario  permanente de AYA en El Salvador.